Especies prohibidas en acuarios en España

Lechuga de agua flotando en la superficie, una de las plantas catalogadas como invasoras

Buena parte de lo que se vende en acuariofilia en otros países no se puede comercializar en España, y hay especies que están directamente prohibidas. No es una cuestión de criterio de tienda: son dos normativas, una española y otra europea, y su motivo es que una planta o un pez tirado a un río puede acabar con el ecosistema.

Este artículo explica cuáles, por qué, y qué hacer si ya tienes uno.

Las dos normas que lo regulan

El Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras, regulado por el Real Decreto 630/2013. Incluye especies cuya introducción supone un riesgo para las especies autóctonas, y su inclusión conlleva la prohibición genérica de poseerlas, transportarlas, comerciar con ellas y, por supuesto, liberarlas.

El Reglamento (UE) 1143/2014, sobre especies exóticas invasoras preocupantes para la Unión, con su propia lista aplicable en todos los estados miembros.

Las dos listas se solapan en parte y ambas se actualizan. Lo que este artículo puede darte es el panorama y los casos claros del hobby; antes de una compra dudosa, la referencia buena es el listado vigente publicado por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Y una aclaración importante: esto es información divulgativa, no asesoramiento legal.

Qué está catalogado

Plantas: el caso más frecuente

Es donde más gente se topa con la norma sin saberlo, porque son plantas que se vendían con normalidad hace años y que siguen apareciendo en tiendas online extranjeras.

Las que más aparecen en acuariofilia:

  • Jacinto de agua (Eichhornia crassipes). El caso más grave de España: ha cubierto tramos enteros del Guadiana y su erradicación ha costado millones.
  • Lechuga de agua (Pistia stratiotes). La ficha del catálogo la marca como prohibida.
  • Elodea densa (Egeria densa), también catalogada.
  • Lenteja de agua menuda (Lemna minuta).
  • Cola de zorro o pinito de agua (Myriophyllum aquaticum).
  • Azolla (Azolla filiculoides).
  • Cabomba caroliniana y Ludwigia grandiflora.

Fíjate en lo que tienen en común: flotantes y de crecimiento rápido, exactamente las que un acuariófilo tira al desagüe o al estanque del parque cuando le sobran. Ese es el mecanismo de entrada.

El detalle está en plantas de acuario prohibidas en España.

Peces

Aquí la lista afecta menos al acuario tropical típico y más a estanques y agua fría:

  • Pez rojo o goldfish (Carassius auratus) y carpa (Cyprinus carpio). El goldfish está catalogado, con un régimen específico para su tenencia como animal de compañía. Si vas a montar un estanque exterior, este es el punto que hay que mirar antes que ningún otro.
  • Gambusia (Gambusia holbrooki), introducida en su día contra el mosquito y hoy uno de los mayores problemas para los peces autóctonos.
  • Perca sol (Lepomis gibbosus), black bass (Micropterus salmoides), siluro (Silurus glanis), pez gato negro (Ameiurus melas), pseudorasbora (Pseudorasbora parva).

Ninguno es un pez de comunitario tropical, y por eso el acuariófilo medio no se cruza con ellos. El riesgo está en el estanque de jardín.

Invertebrados y tortugas

  • Cangrejo rojo americano (Procambarus clarkii) y cangrejo señal (Pacifastacus leniusculus). Los dos catalogados, y los dos se ofrecen a veces como «cangrejo de acuario».
  • Caracol manzana (Pomacea spp.). Incluido en la lista de la Unión tras el episodio del delta del Ebro, donde arrasó arrozales. Es el caso que más confunde, porque hay caracoles de acuario perfectamente legales que se le parecen: está en caracol manzana: por qué está prohibido.
  • Galápago de Florida (Trachemys scripta), el clásico de las tortuguitas de los años noventa y hoy presente en casi todos los humedales del país.

Las gambas habituales del hobby —neocaridina y caridina— no están catalogadas: son tropicales y no sobreviven un invierno europeo en libertad.

Elodea densa: se vendía con total normalidad y hoy está catalogada

Por qué existe la norma

Merece explicarse, porque desde el acuario cuesta ver la relación.

Una especie invasora no es simplemente «una especie de fuera». Es una que, sin sus depredadores ni competidores naturales, se multiplica sin freno y desplaza a las autóctonas. En un país como España, con muchísimos endemismos de agua dulce y ríos que se secan en verano, el margen es pequeño.

Los casos citados no son hipotéticos: el jacinto de agua en el Guadiana, el caracol manzana en el delta del Ebro, la gambusia desplazando al fartet y al samaruc, el galápago de Florida compitiendo con el galápago europeo. Todos empezaron con alguien vaciando un acuario o soltando una mascota que se le había hecho grande.

Qué hacer si ya tienes una

Lo que nunca hay que hacer es soltarla ni tirarla por el desagüe. Ni la planta, ni el caracol, ni el pez, ni el agua del acuario si contiene fragmentos vegetales. Es justo el mecanismo que originó todos los casos anteriores.

Lo razonable, por orden:

  1. No la propagues. Nada de regalar esquejes ni crías.
  2. Consulta a la administración autonómica de medio ambiente, que es quien gestiona estas situaciones y puede indicarte el procedimiento aplicable a tu caso.
  3. Para plantas sobrantes: secar completamente y a la basura orgánica, nunca al inodoro ni al desagüe.
  4. Para animales vivos, no improvises: hay más opciones de las que parece y están en qué hacer si ya no puedes cuidar un pez.

Cómo evitar el problema al comprar

  • Compra en tiendas españolas. El comercio nacional serio ya filtra estas especies. El riesgo está en las tiendas online extranjeras, que envían lo que su país permite.
  • Desconfía de las flotantes de crecimiento rápido ofrecidas como «cubre-superficie barato».
  • Mira el nombre científico, no el comercial. «Lechuga de agua» y «pistia» son lo mismo.
  • Cuidado con los intercambios entre aficionados. Es la vía por la que estas plantas siguen circulando años después de prohibirse.

Puedes consultar cualquier especie del catálogo en el directorio de especies, donde las fichas afectadas llevan su situación legal con la fuente.

Preguntas frecuentes

¿Me pueden multar por tener una planta prohibida en mi acuario? El régimen sancionador existe y las cuantías no son simbólicas. El detalle depende de la especie, de la comunidad autónoma y de las circunstancias, así que lo sensato ante una duda concreta es preguntar a la administración autonómica.

¿Puedo tener un goldfish entonces? El goldfish está catalogado y su tenencia como animal de compañía tiene un régimen propio. Lo que está claro en cualquier caso es que no puede acabar en un estanque exterior ni en un río.

¿Y si la compré antes de que se prohibiera? Las inclusiones en el catálogo suelen contemplar situaciones transitorias para ejemplares ya poseídos. Es exactamente el tipo de detalle que conviene consultar con la administración en vez de deducirlo.

¿Las gambas cereza están prohibidas? No. Son tropicales y no sobreviven en libertad en el clima peninsular.

Resumen rápido

  • Dos normas: el Catálogo Español (RD 630/2013) y el Reglamento UE 1143/2014.
  • Las plantas flotantes de crecimiento rápido son el caso más frecuente en acuariofilia.
  • Jacinto de agua, lechuga de agua, elodea densa, cola de zorro y lenteja menuda, catalogadas.
  • Caracol manzana y cangrejo rojo, también.
  • Nunca sueltes ni tires por el desagüe. Es el origen de todos los casos.
  • Las listas se actualizan: ante una duda concreta, la fuente oficial del Ministerio.

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